Qué lleva el contrato de una trabajadora de casa particular
Las cláusulas que no pueden faltar, los plazos que corren desde el primer día y los errores que se pagan caro después.

El contrato no es un trámite que se hace «cuando haya tiempo». Es el documento que define qué se acordó, y el que decide quién tiene razón el día que hay una duda.
Esto es lo que tiene que decir.
Lo que no puede faltar
Quiénes son las partes. Nombre completo, RUT y domicilio de los dos. Parece obvio y es donde más errores hay: un RUT mal escrito invalida la firma electrónica y obliga a rehacer todo.
Dónde se trabaja. La dirección del hogar. Si el trabajo se reparte entre más de una casa, las dos direcciones.
Qué se hace. La naturaleza de los servicios, con el detalle suficiente para que después nadie discuta si algo estaba incluido.
Cuánto y cuándo se paga. El monto, la forma y el período. Y aquí una regla que se olvida seguido: la comida y el alojamiento no son parte del sueldo. Son de cargo del empleador y no se descuentan.
La jornada. Cuántas horas, en qué días, con qué descanso.
Si es puertas adentro o puertas afuera. Cambia el régimen de descanso y tiene que estar escrito.
Desde cuándo. La fecha de inicio de la relación laboral, que es la que hace correr todos los plazos.
Los plazos que corren desde el primer día
El contrato se escritura dentro de los quince días siguientes al inicio del trabajo.
Y hay un paso que se salta con frecuencia: el contrato de trabajadora de casa particular debe registrarse en la Dirección del Trabajo dentro de los quince días siguientes a su celebración. No basta con firmarlo y guardarlo.
La jornada, según el tipo
Si es puertas afuera, la jornada ordinaria máxima es de 42 horas semanales, distribuidas en no más de seis días.
Si es puertas adentro, no está sujeta a ese horario, pero sí a un descanso mínimo diario y a un descanso semanal que la ley protege.
Un contrato de jornada parcial no puede pasar de 30 horas semanales.
Los errores que salen caros
No escriturarlo. Sin contrato escrito, se presumen ciertas las condiciones que declare la trabajadora. La carga de probar lo contrario es tuya.
Escribir un sueldo distinto del real para pagar menos cotizaciones. Es fraude previsional y, además, deja a la persona con una pensión y una licencia médica calculadas sobre un sueldo que nunca ganó.
No registrarlo. El plazo corre igual, aunque nadie te lo recuerde.
No dejar constancia de los cambios. Todo lo que se modifique después —el sueldo, la jornada, las funciones— va en un anexo firmado. Un acuerdo de palabra no existe cuando hace falta demostrarlo.
Qué hace regsi con esto
El contrato se arma a partir de los datos que ingresas una vez, con las cláusulas que la ley exige y sin que tengas que redactarlas. Se firma con firma electrónica simple: ella recibe un enlace, verifica su RUT y firma. El documento queda con una huella digital que permite comprobar después que nadie lo modificó.
Los anexos funcionan igual. Y todo queda guardado, para los dos.
Verificado al 28 de agosto de 2026. La normativa cambia: si estás leyendo esto mucho después, confirma la fecha.
Herramienta de apoyo para el cálculo de remuneraciones; no constituye asesoría legal ni tributaria.
Sigue leyendo
Cómo se hace la liquidación de sueldo de una trabajadora de casa particular →
Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir el contrato de una trabajadora de casa particular?
La identificación de ambas partes, el lugar de trabajo, la naturaleza de los servicios, el monto y la forma de pago, la jornada, si es puertas adentro o puertas afuera, y la fecha de inicio. Todo cambio posterior va en un anexo firmado.
¿Cuál es el plazo para hacer el contrato?
Se escritura dentro de los quince días siguientes al inicio del trabajo, y además debe registrarse dentro de los quince días siguientes a su celebración. No basta con firmarlo y guardarlo.
¿Qué pasa si no hay contrato escrito?
Se presumen ciertas las condiciones que declare la trabajadora, y la carga de probar lo contrario es del empleador. El contrato escrito protege a las dos partes.